MÓDULO III: LAS FISCALÍAS MUNICIPALES Y SUS FUNCIONES EN LA MUNICIPALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD

¿QUÉ SON LAS FISCALIAS MUNICIPALES?
Son instancias del Ministerio Público que tienen como objetivo fortalecer y consolidar los vínculos entre la Institución garante de la legalidad y el Poder Popular, en el marco de la visión de Estado que la República Bolivariana de Venezuela viene generando.







¿CUÁLES SON SUS COMPETENCIAS?
Dentro del ámbito territorial que corresponda, la Fiscalía Municipal tendrá competencias para: 
  • Se avocará a conocer aquellas causas cuyas penas no exceden en su límite máximo de tres (3) años de prisión.
     
  • Recibir y procesar las denuncias sobre hechos que afecten a la población, entre otras.
     
  • Velar por el debido proceso y la protección de los derechos humanos y garantías constitucionales en todo lo relacionado con la vida local.
     
  • Fortalecer los procesos dirigidos a la aplicación de la Ley en la búsqueda de una justicia más accesible, de carácter social.
     

  • Articular con los demás órganos del sector público la generación de políticas que fortalezcan el Estado de Derecho, la prevención del delito, la seguridad ciudadana y la resolución de conflictos.
     
  • Organizar, dictar y coordinar, conjuntamente con las comunidades organizadas e instituciones del Estado, talleres, charlas, foros o eventos, para fomentar la prevención del delito y seguridad  ciudadana.
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  • En esta instancia del Ministerio Público se  encuentran profesionales del área legal y social, el primero brinda asesoría jurídica y tramita las denuncias, el segundo brinda la atención oportuna y la orientación necesaria que requiera la colectividad.


De acuerdo con el artículo 56 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, las fiscalías municipales tienen como fin ejercer la acción penal en los casos de faltas y delitos cuyas penas no excedan de tres años en su límite máximo, cometidos en el municipio dentro del cual puedan ejercer sus atribuciones.